El Supremo fija que las embarazadas despedidas deberán probar la intencionalidad de su cese para cobrar por daños morales | Economía
El Tribunal Supremo respalda que el despido de una trabajadora embarazada sea nulo, pero no avala que dicha nulidad lleve aparejada de forma automática una indemnización por daños morales. Estos solo se indemnizarán si la empleada despedida prueba que su cese estuvo motivado por su condición de embarazada. Así lo estipula en Alto Tribunal en una sentencia que determina la nulidad de un despido improcedente de una trabajadora de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que estaba embarazada, si bien el fallo rechaza que la empleada deba obtener una indemnización por daños morales al no existir indicios de que…

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